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Acuerdos con afectados
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Acuerdos en daños materiales, daños corporales y en mercancías.
El acuerdo es siempre realizado a título condicional y queda sujeto a posterior aprobación de los servicios de la Compañía de Seguros.
Incluye:
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• Desplazamiento las veces necesarias al local para la evaluación del daño
• Acta de Acuerdo
• Informe sobre lo valor del acuerdo
• Parecer técnico sobre la responsabilidad (mercancías)
• Encuadramiento en las condiciones generales de la póliza
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Control de la baja
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Como el propio nombre indica, tiene por objetivo la demostración de que el siniestrado se encuentra trabajando.
Incluye:
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• Desplazamiento al lugar de trabajo del accidentado para confirmar que no se encuentra trabajando
• Confrontación entre la hora normal de entrada al trabajo y la salida de la residencia
• En los casos en los que se encuentre en el lugar de trabajo, saber lo que está haciendo allí
• Saber si desarrolla otro tipo de actividad, especialmente como profesional liberal
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Diligencia o Acto Aislado
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Se destina a la ejecución de trabajos aislados y objetivos y de acuerdo con lo solicitado por el Cliente.
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